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Blog del Bufete Jurídico Marcos García-Montes |
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POSIBLE RESPONSABILIDAD PENAL DEL GOBIERNO |
A lo largo de estos días, en los
medios de comunicación, se publican noticias que trasladan el sentir de los
ciudadanos de que el Gobierno ha podido incurrir en responsabilidad penal por
la gestión de la crisis de la pandemia del coronavirus. Esta sensación se convierte en
convencimiento cuando nos centramos en las personas, médicos, enfermeros,
sanitarios en general, policías, Guardias Civiles, militares, etc., que se
están jugando la vida en la lucha contra el Covid-19. Esta responsabilidad penal iría
desde los delitos que tendrían su origen en la falta de adopción de medidas
para evitar el aumento de los contagios, dado que tenemos conocimiento de que
existían documentos internos y externos, incluso de organismos internacionales,
que advertían del peligro del virus, y/o en su capacidad de contagio y/o en la
necesidad que existía de que se adoptarán medidas de contención contra la
pandemia. Estos comportamientos delictivos,
que se han enumerado en la prensa, irían desde aquellos que se refieren a las
distintas autorizaciones administrativas para realizar actos públicos con
grandes concentraciones de personas, el ejemplo que está en boca de todos es la
manifestación del 8 de noviembre, autorizada por cada uno de los Delegados del
Gobierno nombrados y dependientes del Gobierno. El delito cometido podría ser
una prevaricación administrativa (art. 404 Código Penal) pues se habría
autorizado una manifestación, a sabiendas de su injusticia y arbitrariedad por
el peligro de contraer el coronavirus en que se puso a las personas que acudían
a las mismas. Este delito lo cometieron en su modalidad de comisión por omisión
al no haber prohibido dicha manifestación. A partir de la no adopción de
medidas por parte del Gobierno se empiezan a producir miles de contagios y los
mismos dan lugar, desgraciadamente, a lesiones y muertes, que serían el objeto
de los delitos de lesiones y/o homicidio por imprudencia profesional. Todos conocemos la situación de
los hospitales y los medios con los que cuentan los médicos, enfermeros y, en
general, todo el personal sanitario, como trabajan sin equipos de protección
individual (EPI), sin batas impermeables, mascarillas, FPP2, FPP3, gafas de
protección, medios materiales como respiradores. Pero no solo estos
profesionales no tienen los medios de protección personal sino que todos los
que se están enfrentado al COVID-19 están en riesgo: Policía Nacional, Guardia
Civil, Policivas Locales, Militares, Bomberos, etc. Todos ellos han sido abandonados
por el Gobierno cometiendo, presuntamente, cada uno de los responsables de los
ministerios afectados, un delito contra los trabajadores al no facilitar a sus
trabajadores los medios necesarios para que desempeñen su actividad con las
medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro
grave su vida, salud o integridad física (art. 316 Código Penal). Es cierto que para que se
produzca este delito es necesario que se infrinjan las normas de prevención de
riesgos laborales y además estén legalmente obligados a proporcionar el
material. Basta una simple lectura de los
siguientes preceptos para comprobar la infracción de estas normas: artículos
4.2.d) y 19 del ET, conforme a los cuales el empresario asume un deber de
seguridad frente a quienes trabajan a su servicio; los artículos 14 y 15 de la
ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que establecen el derecho de
los trabajadores a su protección frente a los riesgos laborales; y el art. 3
del RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones
mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Pero lo más curioso es que el
Gobierno está incumpliendo la normativa que el mismo ha establecido en el
"Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos
laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)"
elaborado por el Ministerio de sanidad en fecha 5 de marzo de 2020, que
establece los requisitos que son exigibles a los EPis del personal sanitario,
como: mascarillas, guantes, ropa, protección ocular y ropa, así como normas
sobre almacenamiento y desecho. Para demostrar la comisión de
este delito bastará con traer a colación las cifras de profesionales
contagiados que facilita el Gobierno, las declaraciones que se han realizado
por los representantes gubernamentales en este sentido, o los cientos de
reportajes de los medios de comunicación donde podemos comprobar las
mascarillas que se fabrican por particulares o con cualquier tipo de material,
que luego son facilitados a esos profesionales a falta de otro equipamiento. Pero los delitos en que
presuntamente podrían haber cometido no terminan ahí, pues podríamos añadir
otros como la omisión del deber de socorro o el trato degradante. Como hace muchos años, cuando
ejercité acciones populares en las macrocausas Rumasa, Filesa, Fondos
Reservados, Juan Guerra Cesid Director de la Guardia Civil Luis Roldan,
Gobernador del Banco de España Mariano Rubio, Papeles falsos de laos de Roldan,
francisco Paesa, ha llegado la hora de ejercitar acciones en defensa de los
ciudadanos, como ya hemos empezado a realizar a través de asociaciones y
particulares.
Marcos García-Montes Fernando
Ibáñez López-Pozas Abogado Profesor
UNED
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