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POSIBLE RESPONSABILIDAD PENAL DEL GOBIERNO

 

A lo largo de estos días, en los medios de comunicación, se publican noticias que trasladan el sentir de los ciudadanos de que el Gobierno ha podido incurrir en responsabilidad penal por la gestión de la crisis de la pandemia del coronavirus.

Esta sensación se convierte en convencimiento cuando nos centramos en las personas, médicos, enfermeros, sanitarios en general, policías, Guardias Civiles, militares, etc., que se están jugando la vida en la lucha contra el Covid-19.

Esta responsabilidad penal iría desde los delitos que tendrían su origen en la falta de adopción de medidas para evitar el aumento de los contagios, dado que tenemos conocimiento de que existían documentos internos y externos, incluso de organismos internacionales, que advertían del peligro del virus, y/o en su capacidad de contagio y/o en la necesidad que existía de que se adoptarán medidas de contención contra la pandemia.

Estos comportamientos delictivos, que se han enumerado en la prensa, irían desde aquellos que se refieren a las distintas autorizaciones administrativas para realizar actos públicos con grandes concentraciones de personas, el ejemplo que está en boca de todos es la manifestación del 8 de noviembre, autorizada por cada uno de los Delegados del Gobierno nombrados y dependientes del Gobierno. El delito cometido podría ser una prevaricación administrativa (art. 404 Código Penal) pues se habría autorizado una manifestación, a sabiendas de su injusticia y arbitrariedad por el peligro de contraer el coronavirus en que se puso a las personas que acudían a las mismas. Este delito lo cometieron en su modalidad de comisión por omisión al no haber prohibido dicha manifestación.

A partir de la no adopción de medidas por parte del Gobierno se empiezan a producir miles de contagios y los mismos dan lugar, desgraciadamente, a lesiones y muertes, que serían el objeto de los delitos de lesiones y/o homicidio por imprudencia profesional.

Todos conocemos la situación de los hospitales y los medios con los que cuentan los médicos, enfermeros y, en general, todo el personal sanitario, como trabajan sin equipos de protección individual (EPI), sin batas impermeables, mascarillas, FPP2, FPP3, gafas de protección, medios materiales como respiradores. Pero no solo estos profesionales no tienen los medios de protección personal sino que todos los que se están enfrentado al COVID-19 están en riesgo: Policía Nacional, Guardia Civil, Policivas Locales, Militares, Bomberos, etc.

Todos ellos han sido abandonados por el Gobierno cometiendo, presuntamente, cada uno de los responsables de los ministerios afectados, un delito contra los trabajadores al no facilitar a sus trabajadores los medios necesarios para que desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física (art. 316 Código Penal).

Es cierto que para que se produzca este delito es necesario que se infrinjan las normas de prevención de riesgos laborales y además estén legalmente obligados a proporcionar el material.

Basta una simple lectura de los siguientes preceptos para comprobar la infracción de estas normas: artículos 4.2.d) y 19 del ET, conforme a los cuales el empresario asume un deber de seguridad frente a quienes trabajan a su servicio; los artículos 14 y 15 de la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que establecen el derecho de los trabajadores a su protección frente a los riesgos laborales; y el art. 3 del RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Pero lo más curioso es que el Gobierno está incumpliendo la normativa que el mismo ha establecido en el "Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)" elaborado por el Ministerio de sanidad en fecha 5 de marzo de 2020, que establece los requisitos que son exigibles a los EPis del personal sanitario, como: mascarillas, guantes, ropa, protección ocular y ropa, así como normas sobre almacenamiento y desecho.

Para demostrar la comisión de este delito bastará con traer a colación las cifras de profesionales contagiados que facilita el Gobierno, las declaraciones que se han realizado por los representantes gubernamentales en este sentido, o los cientos de reportajes de los medios de comunicación donde podemos comprobar las mascarillas que se fabrican por particulares o con cualquier tipo de material, que luego son facilitados a esos profesionales a falta de otro equipamiento.

Pero los delitos en que presuntamente podrían haber cometido no terminan ahí, pues podríamos añadir otros como la omisión del deber de socorro o el trato degradante.

Como hace muchos años, cuando ejercité acciones populares en las macrocausas Rumasa, Filesa, Fondos Reservados, Juan Guerra Cesid Director de la Guardia Civil Luis Roldan, Gobernador del Banco de España Mariano Rubio, Papeles falsos de laos de Roldan, francisco Paesa, ha llegado la hora de ejercitar acciones en defensa de los ciudadanos, como ya hemos empezado a realizar a través de asociaciones y particulares.

 

      Marcos García-Montes                                 Fernando Ibáñez López-Pozas

Abogado                                                          Profesor UNED

 

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Cuando el ciudadano es el enemigo (de la vulneración de nuestros derechos fundamentales)

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